En el día de hoy se ha publicado en el BOE la Orden APA/317/2022, de 11 de abril, por la que se modifica la Orden APA/908/2021, de 22 de agosto, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
La modificación dice que se admitirán modificaciones en la declaración de seguro, siempre que las mismas se deban a causas justificadas y no afecten de forma significativa al contenido de la póliza, hasta el 8 de abril, excepto para las bajas de parcelas por no siembra y altas de nuevas parcelas de girasol en la Comunidad Autónoma de Andalucía que será el 25 de abril y cártamo, fabes de Asturias, garbanzos, girasol en el resto del ámbito, judías secas, y soja que será el 15 de junio, siempre y cuando a la recepción en AGROSEGURO de la solicitud de modificación de dichas parcelas no hayan tenido siniestro causado por los riesgos cubiertos.
Adjuntamos dicha orden.